En Andalucía desde el 1 de enero de 2017 se aumenta el mínimo exento para las herencias recibidas por parientes directos (grupos I y II) a 250.000€ por heredero. Además, para bases imponibles entre 250.000 y 350.000 euros se crea una reducción de 200.000 euros que corrige el error de salto para esta franja de herencias.
Todo andaluz debe saber que si hereda hasta 250.000 euros de un pariente directo no tiene que pagar absolutamente nada por impuesto de Sucesiones. Además, es necesario aclarar que el volumen de las herencias hay que distribuirlo por herederos. Es decir que si un padre deja a sus cuatro hijos 1 millón de euros, estos no tienen que pagar nada.