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SI SU EMPRESA DECLARA IVA MENSUALMENTE…

Si su empresa declara IVA mensualmente, a partir julio de 2017 le será aplicable el nuevo sistema de Suministro inmediato de Información (SII), lo que le obligará a presentar los libros  registro de facturas por vía electrónica…

Para ello deberá utilizar un servicio web o un formulario electrónico que Hacienda pondrá en marcha en su Sede Electrónica.

Los datos sobre sus facturas emitidas deberán ser suministrados en los cuatro días siguientes a su expedición (transitoriamente el plazo es de ocho días en 2017), y siempre antes del día 16 del mes siguiente al que se haya realizado la venta.

Los datos sobre facturas recibidas deberán comunicarse en los cuatro días siguientes a su contabilización (ocho días en 2017) y siempre antes del día 16 del mes siguiente al del período de liquidación del IVA en el que se hayan incluido.

Si su empresa incumple esta nueva obligación de información, Hacienda puede imponerle una sanción del 0,5% del importe de las facturas no declaradas, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.